viernes, 9 de julio de 2010

Creer en Dios o en la Jerarquía Eclesiástica

Personalmente disiento en mucho con Lilita Carrió, pero no puedo dejar de reconocerle sus cualidades intelectuales, por ello las declaraciones que realizó en torno al debate de la modificación de la ley de matrimonio civil me sorprendieron, ya que suponía que sus cualidades intelectuales le permitían poner en distintos planos sus creencias religiosas y sus convicciones políticas. Permítanme trascribir sus declaraciones publicadas en página 12 “Calificar a la homosexualidad de “perversión” es “la locura de algunos sacerdotes”, dijo, “no es la posición de la mayoría de la Iglesia”. “Yo jamás votaría en contra de las personas con identidad sexual diferente, pero tampoco podría votar tocando una palabra, dado que soy una gran creyente.”

Las autoridades eclesiásticas que se oponen al matrimonio entre personas del mismo sexo, son las mismas que no permiten el casamiento de sus sacerdotes en oposición al mismo principio que enarbolan para oponerse a un acto civil, libre y voluntario de personas no condicionadas. De existir en forma tan literal un “plan de Dios” que justifique tanta preocupación, la historia de las interpretaciones que ha hecho la jerarquía de la iglesia sobre dicho plan, está plagada de errores desde Galileo a la fecha, pasando por la Inquisición como ejemplo de imposición de un criterio único y violatorio de la prédica de Jesús de Nazaret.

Los tiempos cambiaron, hoy es impensable la existencia un tribunal religioso que juzgue la conducta de las personas, al menos dentro de la órbita de países democráticos. Algo que dejó establecido en forma explícita el Cristo fue “dad al Cesar lo que es del Cesar y a Dios lo que es de Dios”, separando claramente los planos religiosos y civiles. Esta separación fue sistemáticamente violada por las autoridades de la iglesia católica apostólica y romana, ya que intervino desde su origen en la administración del poder terrenal violando este principio de separación. La jerarquía eclesiástica participó del sistema monárquico en forma institucional y al imponerse el orden burgués fue desplazada de esta posición de poder. El nuevo orden propuso un estado laico, donde el plano religioso no intervenía formalmente en la toma de decisiones. La jerarquía religiosa se refugió en la autoridad moral de su investidura para influir sobre las decisiones del estado civil. Por ello cuando cualquier decisión de la sociedad civil difiere de los principios sobre los cuales se sustenta la autoridad religiosa, esta reacciona, no en relación a la medida sino a la pérdida de poder que representa perder las bases de su autoridad, por ello suele ser difícil hallar coherencia entre los principios morales que sustentan y los argumentos que utiliza.

Creo que el caso de la ampliación de los derechos de las uniones entre personas, ya que en definitiva de esto se trata, no debe existir diferencias entre parejas de distinto sexo y parejas del mismo sexo, en definitiva la unión de personas depende del consentimiento y compromiso de ellas. Negar este principio implicaría negarle el derecho a un mormón a tener dos esposas o a un musulmán a tener las esposas que pueda sostener. La estructura de las uniones de personas diferentes a las de una pareja de distinto sexo, como en el caso de más de dos personas, no ha alterado el orden de las sociedades mormonas o musulmanes, y por lo tanto el orden social no se verá alterado por uniones de personas del mismo sexo, a menos que se considere que el orden social debe estar dado por las directivas de la jerarquía de la iglesia.

La limitación sobre el derecho de la adopción plena por dichas parejas enfrenta una aberración lógica, ya que el argumento que se utiliza plantea que el modelo de familia se altera cuando dos personas del mismo sexo asumen la crianza de un niño, el mismo modelo se altera cuando los padres biológicos se separan y vuelven a formar pareja, e incluso si alguno tiene una pareja del mismo sexo. El modelo de pareja de distinto sexo no ha garantizado que los hijos, no sean homosexuales, criminales o buenas personas. Las experiencias de personas criadas por una sola persona, las más recientes de personas del mismo sexo que crían a hijos de alguno de ellos; e incluso las personas criadas en hogares mormones o musulmanes demuestran que no es el modelo de pareja de distinto sexo lo que influye en forma determinante en la formación de una persona.

Volviendo al caso Carrió, el hecho que un representante de la gente manifieste que esté de acuerdo con lo que propone una ley, pero no lo vote, porque la jerarquía de la iglesia asumió una posición contraria, inhabilita a la diputada al ejercicio del cargo para el que fue elegida, ya que la representación que detenta se legitima en virtud de su pensamiento político y no religioso. Si la diputada condiciona su accionar en lo político, no ya a su convicción religiosa, sino a una resolución de la autoridad religiosa, es que se subordina a dicha autoridad, pues votar una ley con la que está de acuerdo, no constituye una violación de su fe. Por esto creo, que la diputada Carrió debería renunciar a su banca, ya que ha aceptado incumplir su deber, no porque el hecho es contrario a su creencia religiosa (como sería firmar un fusilamiento, o incluso, una ley sobre el aborto), sino por subordinación a la decisión de una jerarquía religiosa que viola la separación entre estado e iglesia.

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